La Suprema Corte niega violaciones constitucionales en sueldos de ministros en respuesta al presidente López Obrador

En respuesta a los señalamientos del presidente López Obrador sobre los sueldos de los ministros, la Suprema Corte de Justicia de la Nación afirmó que no violan el artículo 127 constitucional, ya que este artículo carece de criterios objetivos para cumplir la disposición que prohíbe a los servidores públicos recibir una remuneración mayor que la del presidente.

La Corte aclaró que la remuneración del presidente incluye no solo su sueldo, sino también prestaciones en efectivo y en especie, como su alojamiento en Palacio Nacional, seguridad para él y su familia, y recursos para despensa que no se han transparentado. Por lo tanto, el sueldo declarado por el gobierno, que es de 134 mil pesos, no refleja la totalidad de sus beneficios.

En mayo, se dio a conocer que el sueldo del presidente supera los 400 mil pesos, ya que deben sumarse las prestaciones como alojamiento, servicios básicos y gastos de transporte. Sin embargo, la falta de transparencia en estos conceptos impide tener un criterio objetivo para definir la remuneración del presidente, según la Corte.

Se recordó que en 2019 la Corte declaró inconstitucionales varios artículos de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos debido a la falta de parámetros objetivos para cumplir con el artículo 127 de la Constitución. La Corte ordenó al Legislativo reformar la ley e incluir dichos parámetros.

Ante la respuesta de la Corte, el presidente volvió a criticar a los ministros y los acusó de violar el artículo 127 de la Constitución. Previamente, la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, había enviado una carta a la Corte solicitando una explicación sobre los sueldos de los ministros, alegando que son mayores que el del presidente. La Corte respondió que ningún poder puede reducir los salarios de otro y que los ministros decidieron por su cuenta reducir su sueldo en un 25% en 2019.

Autor Redacción

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