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Ampliado el Beneficio de #Descanso: ¿Es Posible Disfrutar de Todos los Días de #Vacaciones de una Vez?

Esta nueva disposición entró en vigencia desde el primero de enero del 2023, en concordancia con las enmiendas introducidas en la Ley Federal del Trabajo, específicamente en el artículo 78, bajo el marco de la reforma de vacaciones dignas. Según esta reforma, a partir del mencionado primero de enero del 2023, se establece un incremento sustancial en el periodo de descanso anual para los trabajadores, pasando de seis a doce días de vacaciones después de completar su primer año laborado.

¿Es factible tomar todos los días de descanso de manera consecutiva? La respuesta es afirmativa; los 12 días pueden ser disfrutados de manera continua, prescindiendo de los intervalos entre ellos.

No obstante, se ofrece la flexibilidad de distribuir estos días a lo largo del año, permitiendo que los trabajadores adapten su tiempo de descanso de acuerdo a sus preferencias, sin imposiciones por parte del empleador en cuanto a la fecha de disfrute.

Durante los cinco años iniciales, el incremento se establece en dos días adicionales por cada año de servicio en la misma empresa.

Asignación de días de descanso por años laborados:

  • 1 año: 12 días
  • 2 años: 14 días
  • 3 años: 16 días
  • 4 años: 18 días
  • 5 años: 20 días

A partir del sexto año, el esquema de aumento varía:

  • De 6 a 10 años: 22 días
  • De 10 a 15 años: 24 días
  • De 15 a 20 años: 26 días
  • De 20 a 25 años: 28 días
  • De 25 a 30 años: 30 días

Es vital tener presente que, en caso de optar por no tomar las vacaciones, el empleador no se encuentra obligado a compensarlas económicamente ni a reprogramar los días de descanso no disfrutados. Estas disposiciones buscan favorecer la autonomía de los trabajadores en la gestión de su tiempo de asueto.

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Autor Itzel G. Bandala

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