#Reforma al Artículo 253 de la #Ley del Seguro Social Entrará en Vigor Mañana

A partir de mañana, entrará en vigor la reforma al artículo 253 de la Ley del Seguro Social, que establece que los bienes inmuebles entregados por entidades federativas, municipios y organismos públicos descentralizados como pago de cuotas obrero-patronales pasarán a ser patrimonio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Esta modificación resuelve un problema antiguo en el IMSS, que anteriormente no tenía la capacidad legal para recibir y utilizar este tipo de bienes para cumplir con sus obligaciones en la atención de derechohabientes, incluyendo la prestación de servicios médicos.

La reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación, especifica que los bienes inmuebles podrán ser aceptados siempre y cuando el pago no esté relacionado con las cuotas de los seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Además, las propiedades deben ser funcionales para cumplir con las funciones del IMSS y estar libres de cualquier gravamen, carga, proceso judicial o contingencia.

El valor de los inmuebles será determinado por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. Con base en ese avalúo, el IMSS establecerá los saldos de los créditos o el monto de las obligaciones a cubrir. La reforma también establece que este pago en especie no genera derecho a la devolución de ningún importe en efectivo para el ente público. Si existe un saldo a favor después de liquidar la deuda con el IMSS y descontar los gastos de adjudicación, dicho saldo se aplicará a compromisos futuros de las cuotas obrero-patronales, excluyendo las relacionadas con los seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

La iniciativa para esta reforma fue presentada en 2023 por la diputada Angélica Ivonne Cisneros (Morena) con el objetivo de resolver los problemas que enfrentan los entes públicos por la falta de liquidez necesaria para cumplir con sus obligaciones como patrones frente al Seguro Social. En muchos casos, recurrían a créditos fiscales que con el tiempo se volvían incobrables. La donación de bienes inmuebles se presenta así como una alternativa para solventar estas deudas sin comprometer la prestación de servicios a los derechohabientes.

Autor Eduardo Martinez

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