LO ESENCIAL
La Cámara de Diputados aprobó esta semana el Artículo 29 de la Ley Federal de Cine y Audiovisual, mediante el cual queda prohibido en México el doblaje generado con inteligencia artificial. La reforma establece que el doblaje de obras cinematográficas y audiovisuales extranjeras al español o lenguas nacionales solo podrá ser realizado por personas físicas, es decir, actores, intérpretes o ejecutantes.
La medida protege específicamente a los actores de doblaje del país, reconociendo su labor como una industria artística de relevancia en Latinoamérica. La reforma contempla salvaguardas contra la clonación o uso no autorizado de la voz de los intérpretes, requiriendo consentimiento expreso y remuneración justa para cualquier utilización de sus grabaciones.
CONTEXTO
Con esta prohibición, el uso de sistemas automatizados para generar voces en producciones audiovisuales queda completamente excluido del marco legal mexicano. La normativa reconoce explícitamente a la voz humana como una herramienta artística única e irrepetible.

La decisión legislativa responde a las preocupaciones de los trabajadores del sector frente al avance de tecnologías que replican características vocales sin intervención humana directa. México alinea así su regulación cinematográfica con la protección de empleos especializados en la industria cultural.
EN PERSPECTIVA
La reforma no especifica sanciones ni mecanismos de verificación para garantizar el cumplimiento de la prohibición en plataformas de streaming ni en distribución internacional. Tampoco detalla cómo se coordinará su aplicación con tratados comerciales que pudieran involucrar contenido doblado digitalmente en otros países.
El sector del doblaje mexicano, considerado uno de los más importantes de habla hispana, había manifestado preocupación por la sustitución
Etiquetas: doblaje, inteligencia artificial, Cámara de Diputados, Ley Federal de Cine, actores de doblaje, industria audiovisual, regulación tecnológica, protección laboral
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