LO ESENCIAL
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un amparo en favor del director y actor Diego Luna en su disputa legal contra Diageo México por el uso sin consentimiento de su imagen, y la de su familia, en un comercial de la marca Johnnie Walker.
El Pleno de la Corte determinó por unanimidad que la empresa deberá pagar a Luna al menos el 40% correspondiente al importe del precio de venta al público que obtuvieron por la venta de la bebida alcohólica en México durante el periodo de transmisión del anuncio.
El litigio, que se prolongó por más de 14 años, fue devuelto al Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito para que ajuste el monto final de la indemnización.

CONTEXTO
El tribunal deberá descontar del cálculo los costos de elaboración, manufactura y demás gastos relacionados con la producción y comercialización del producto hasta su venta al consumidor final.
La cuantificación definitiva será realizada con auxilio de peritos, quienes determinarán las ganancias netas correspondientes al periodo de difusión del material publicitario no autorizado.
Esta resolución establece un precedente relevante en materia de protección de la imagen pública y los derechos de personalidad en el ámbito publicitario en México.

EN PERSPECTIVA
El caso había sido resuelto previamente a favor del actor en agosto de 2025 por el mismo tribunal colegiado, pero requería ajustes metodológicos en la determinación del monto de compensación.
La decisión de la Corte confirma la obligación de las empresas de obtener autorización expresa para el uso de la imagen de personas físicas en campañas comerciales, así como la responsabilidad de indemnizar adecuadamente cuando se vulnera este derecho.
Etiquetas: Diego Luna, SCJN, derechos de imagen, publicidad, Diageo México, Johnnie Walker, amparo, Nacional · Ciencia y Espacio
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