En Hidalgo ya se armó un paso bien importante para la defensa de mujeres, niñas, niños y adolescentes: la reforma que vuelve público el Registro de Deudoras y Deudores Alimentarios Morosos ya está aprobada. Y sí, esto significa que por fin se podrá aplicar la Ley 3 de 3 como debe ser.

Citlalli Macías, integrante de Ley Sabina Hidalgo, andaba más que contenta y dijo que con este cambio la entidad “hizo historia”, porque ahora sí habrá herramientas reales para frenar a quienes le andan sacando la vuelta a las pensiones alimenticias.
La activista explicó que gracias a la nueva modificación del artículo 141 Bis de la Ley para la Familia, ya no serán las mamás quienes tengan que andar pagando abogados o correteando trámites para que se registre a un deudor: ahora el juez hará el registro de oficio, lo que representa un ahorro de tiempo y lana para las madres autónomas.
Además, esta reforma trae varias consecuencias para los morosos:
- No podrán ocupar cargos públicos,
- Tendrán broncas para sacar licencia de conducir o comprar bienes inmuebles,
- Y si quieren casarse por lo civil, tendrán que presentar un certificado de no inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Según datos de Miriam Torres Monroy, exdirectora del Registro del Estado Familiar de Hidalgo, entre 2019 y 2025 se han identificado al menos 500 deudores alimentarios; pero Citlalli aclaró que la cifra real es mayor, porque muchas mujeres simplemente no logran llegar al registro debido a procesos tardados, falta de tiempo o de recursos.
Comentó que gran parte del problema es que los juicios se alargan demasiado y muchas jefas de familia no pueden seguirlos hasta el final. “Si no hay sentencia, menos hay registro”, lamentó.
Con esta reforma, Hidalgo se suma a estados como Oaxaca, Coahuila, Puebla y Ciudad de México, donde ya existe este tipo de plataformas con buscador por nombre o CURP para detectar a deudores.
La activista llamó a las mujeres a aprovechar esta herramienta y exigir sus derechos. Aclaró que nadie será inscrito “por un día de atraso”, ya que el proceso por incumplimiento aplica cuando hay 90 días sin pagar, consecutivos o acumulados.
“Tenemos un registro público que por fin va a limitar a estos señores. El Congreso ya puso su granito de arena; ahora toca denunciar y empujar estos procesos”, finalizó.
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