Nuevas exigencias para obtener pasaporte mexicano en deudores alimentarios.

Recientes enmiendas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes han establecido requisitos adicionales para los padres que tienen deudas alimentarias, incluyendo la inclusión en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

Junto con la creación de este registro, se ha añadido un nuevo requisito para los padres deudores alimentarios al solicitar ciertos trámites, incluido el pasaporte mexicano.

El pasado 8 de mayo de 2023, el Diario Oficial de la Federación publicó un decreto que reforma y añade diversas disposiciones a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en relación con las pensiones alimentarias.

Las reformas incluyen la definición de los derechos alimentarios, que abarcan alimentación, nutrición, vestimenta, vivienda, recreación, atención médica y psicológica, asistencia médico-hospitalaria, y en caso de ser necesario, gastos de embarazo y parto; también los gastos relacionados con la educación y formación, así como los necesarios para la habilitación o rehabilitación de menores con discapacidad.

Además, se ha aprobado la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, una base de datos que contendrá información de los padres deudores de pensiones alimentarias, incluyendo su nombre, apellidos, CURP, clave y homoclave del RFC, y el órgano jurisdiccional que ordenó la inscripción, así como la cantidad adeudada y el tiempo restante para el pago.

En esta modificación también se ha añadido una nueva sección al Capítulo Tercero, que indica que, a solicitud de la parte interesada, se emitirá un certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

El artículo 135 Sexties establece que las autoridades de los tres niveles de gobierno requerirán este nuevo certificado para llevar a cabo ciertos trámites, entre ellos, obtener licencias de conducir, solicitar el pasaporte mexicano o documentos de identidad y viaje, y realizar trámites notariales como compraventas de bienes inmuebles y constitución o transmisión de derechos reales, así como solicitudes de matrimonio.

El certificado, que podrá obtenerse en un sitio web aún no creado, será gratuito y contendrá información relevante sobre el deudor alimentario, el órgano jurisdiccional que ordenó el registro, la cantidad de la pensión adeudada y su estado de cumplimiento.

Si un padre deudor alimentario está registrado y necesita obtener un pasaporte, no podrá continuar con el trámite sin el certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

Por otro lado, si ya posee un pasaporte pero está registrado como padre deudor alimentario, el artículo 135 Septies establece que las autoridades federales podrían imponerle restricciones migratorias, impidiéndole salir del país. Sin embargo, estas restricciones pueden ser solicitadas por el acreedor o quien tenga la custodia del menor, y el padre deudor podrá salir del país si garantiza el pago de al menos la mitad de la deuda pendiente y realiza un depósito adelantado del pago de la pensión por un periodo de 90 a 365 días.

Autor Itzel G. Bandala

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *