Nuevas #ObligacionesFiscales para #Pensionados en el 2024.

En el arranque del año 2024, se establecen cambios significativos en relación con las pensiones de jubilados, ya que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) introduce ajustes en sus directrices, imponiendo la obligación de realizar la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para aquellos que cumplan con los requisitos especificados.

El reconocido perito contable a nivel estatal y federal, Carlos Omar Martínez Sánchez, señala que esta medida persigue fines recaudatorios, principalmente dirigidos a quienes perciben pensiones laborales más elevadas, como técnicos especializados de Pemex y aquellos que ocuparon puestos directivos en la Comisión Federal de Electricidad.

Declaración Anual del ISR para Jubilados en el 2024

A partir de ahora, aquellos cuyas pensiones alcancen el monto estipulado, ya sea por una única pensión o la suma de varias, deberán realizar anualmente la declaración del ISR, según detallan las nuevas regulaciones.

Martínez explica que aquellos adultos mayores cuyos ingresos mensuales equivalgan a 15 veces el salario mínimo o más están incluidos en esta disposición para el año 2024.

El SAT establece como referencia el umbral de 43 mil 300 pesos mensuales o un acumulado anual de 519 mil 600 pesos provenientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

El perito certificado, originario de Zempoala, destaca que, incluso si la pensión no excede la base exenta, la suma con la Pensión del Bienestar otorgada por el gobierno federal puede situar al beneficiario en la categoría sujeta al impuesto.

Según Martínez, la declaración anual implica restar el límite establecido a los ingresos de la pensión y gravar la diferencia resultante con el ISR correspondiente.

Cálculos y Ejemplos Prácticos

Tomando como ejemplo a un residente de Hidalgo inscrito en el programa Pensión del Bienestar, con el aumento bimestral a seis mil pesos en el 2024, equivalente a 36 mil pesos anuales, se encuentra por debajo del umbral y, por lo tanto, no está sujeto a la obligación de declaración.

Aunque este mismo individuo perciba también la pensión del IMSS o ISSSTE, si no supera los 43 mil 300 pesos mensuales, no será necesario presentar la declaración, enfatiza Martínez.

Impacto en la Población y Recomendaciones Fiscales

Según datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), aproximadamente el cinco por ciento de la población se verá afectado por estas nuevas disposiciones fiscales. En este contexto, se insta a los contribuyentes a verificar la precisión y actualización de sus datos fiscales, además de contar con el correo tributario y la FIEL para evitar complicaciones en la declaración.

Autor Itzel G. Bandala

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