LO ESENCIAL
Organizaciones ambientales presentaron ante el Juzgado Federal de La Pampa el amparo colectivo más grande de la historia argentina por el derecho al agua, con más de 850 mil adherentes. La acción judicial busca declarar la inconstitucionalidad de la reforma a la Ley de Glaciares aprobada el pasado 9 de abril.
La demanda fue impulsada por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas y Greenpeace. Solicitan una medida cautelar para suspender la aplicación de la nueva norma en todo el territorio nacional y mantener vigente la Ley 26.639 hasta que se resuelva el fondo del asunto.
En el bloque actor participa Marta Maffei, autora de la ley original de glaciares, junto con asambleas territoriales de todo el país. Entre ellas figuran Asamblea Jáchal no se Toca, Asamblea Popular por el Agua, Asamblea Pucará, Asamblea en Defensa del Territorio, Asamblea Santa Cruz por el Agua, Multisectorial Golfo San Matías y Asamblea el Paraná No se Toca.

También se sumaron organizaciones de derechos humanos y sociedad civil como Amnistía Internacional, el Centro de Estudios Legales y Sociales y el Círculo de Políticas Ambientales. La diversidad de actores refleja la preocupación transversal que generó la reforma.
CONTEXTO
Las organizaciones denuncian que el proceso legislativo fue profundamente viciado. Señalan que se negó la participación a más de 100 mil personas inscriptas en una audiencia pública convocada por comisiones de la Cámara de Diputados, incumpliendo el Acuerdo de Escazú sobre participación amplia e inclusiva.

Según el reclamo, ni siquiera el 0,2% de las personas anotadas pudo participar oralmente, convirtiendo la audiencia en una simulación. Las reglas fueron modificadas una vez abierta la inscripción, agregando videos y ponencias escritas con criterios arbitrarios que no garantizaron transparencia.
EN PERSPECTIVA
La reforma representa un retroceso ambiental que viola la Ley General del Ambiente, el principio de no regresión del Acuerdo de Escazú y los presupuestos mínimos ambientales de la Constitución Nacional, sostienen los demandantes.

La suspensión solicitada abarca toda reglamentación, resolución, acto administrativo o autorización vinculada a la ley, incluyendo la aprobación de proyectos mineros cuyas áreas se superpongan con glaciares según el Inventario Nacional de Glaciares y los dictámenes del Instituto Argentino de Nivología y Glaciología.
La reforma reemplaza un criterio científico común por decisiones provinciales discrecionales sobre qué proteger. Los glaciares y el ambiente periglacial alimentan el 40% de las cue
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