LO ESENCIAL
El 7 de mayo entró en vigor la reforma constitucional promulgada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo que modifica el artículo 73 para establecer una ley general contra el feminicidio. La publicación en el Diario Oficial de la Federación da inicio a un plazo de 180 días naturales para que el Congreso de la Unión elabore la legislación secundaria.
La iniciativa busca homologar criterios que hoy están dispersos en 32 códigos penales distintos. Actualmente, menos del 25% de los casos se investigan formalmente como feminicidio debido a las diferencias entre normativas estatales y federales, según datos citados en el proceso legislativo.
La reforma define el delito como la privación de la vida de una mujer por razones de género. Las sanciones contempladas van de 40 a 70 años de prisión, más multas equivalentes a entre mil y dos mil Unidades de Medida y Actualización.

El texto establece agravantes específicas: cuando la víctima sea niña, adolescente, adulta mayor, embarazada, periodista, defensora de derechos humanos, migrante o persona con discapacidad. También incluye atención a víctimas indirectas, particularmente menores en situación de orfandad por feminicidio.
CONTEXTO
Las cifras del texto oficial muestran la magnitud del problema: 721 feminicidios registrados en 2025, y 148 casos adicionales solo en el primer trimestre de 2026. La persistencia de estos números pone en cuestión la efectividad de las medidas previas.
El trámite legislativo tuvo respaldo amplio: aprobación unánime en el Senado con 109 votos a favor, y ratificación por 27 congresos locales, cumpliendo el requisito del artículo 135 constitucional. Sin embargo, la unanimidad política no garantiza resultados en la investigación y judicialización.

EN PERSPECTIVA
Hasta que la ley general entre en vigor, continuarán aplicándose las normativas federales y estatales vigentes. La transición deja en suspenso si las autoridades locales modificarán sus protocolos de investigación de forma anticipada.
El énfasis en tipificación federal contrasta con el rezago en cifras de denuncia, peritajes especializados y sentencias condenatorias. La reforma no resuelve de inmediato los cuellos de botella en fiscalías estatales, donde se concentra la mayor carga de investigación.
La promulgación ocurre en un de escrutinio sobre el desempeño de Morena en materia de.
Etiquetas: feminicidio, reforma constitucional, Claudia Sheinbaum, violencia de género, Congreso de la Unión, artículo 73, Nacional · Morena bajo lupa
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