LO ESENCIAL
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado luz verde, por unanimidad, al proyecto que declara válidas las normas que limitan las actividades de candidaturas independientes en Michoacán. Este proyecto fue impugnado por el Movimiento Ciudadano (MC), la alcaldesa de Uruapan, Grecia Quiroz, y el Movimiento Independiente del Sombrero.
En la sesión de este jueves, se discutió el proyecto de la Acción de Inconstitucionalidad 69/2026, elaborado por el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García. Se confirmó que quienes aspiren a un cargo de elección popular en Michoacán no podrán realizar campañas coordinadas.
Las reformas y adiciones del Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo, realizadas mediante el Decreto 476, publicado el 27 de mayo de 2026, también prohiben que las candidaturas independientes compartan propaganda, imágenes, emblemas, propuestas, plataformas comunes o estrategias territoriales compartidas.
CONTEXTO
Guerrero García destacó en su proyecto que la figura de las candidaturas independientes solo puede realizarse bajo la modalidad individual y no de manera grupal o colectiva.

Además, los congresos locales tienen una amplia libertad de configuración para regular las candidaturas independientes, de acuerdo con la doctrina constitucional y el margen de apreciación reconocido por la jurisprudencia internacional.
EN PERSPECTIVA
Esta decisión de la SCJN podría tener un impacto significativo en la participación política en Michoacán, limitando la colaboración entre candidatos independientes y posiblemente afectando la diversidad de opciones para los votantes.
La imposición de estas restricciones podría ser vista como un intento de regular el proceso electoral y garantizar la integridad de las elecciones, aunque también genera debate sobre la libertad de comp
Etiquetas: Suprema Corte de Justicia de la Nación, Candidaturas Independientes, Michoacán, Elecciones, Nacional
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