LO ESENCIAL
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido que es exclusiva responsabilidad del Congreso de la Unión determinar los tipos penales, sanciones y reglas generales en relación con el delito de extorsión en México.
Esta decisión invalida diversas disposiciones de las leyes de Tabasco y Baja California Sur, ya que los congresos estatales no tienen competencia para crear, modificar o reproducir normas propias sobre extorsión.

CONTEXTO
La resolución de la SCJN se basa en la reforma constitucional de 2025 y la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión. Esta ley establece las reglas generales para abordar el delito y delimita las competencias de las autoridades.

La SCJN busca con esto evitar que cada entidad establezca reglas diferentes para el mismo delito. La invalidación de las disposiciones en Tabasco y Baja California Sur se debe a que los congresos locales excedieron sus facultades al legislar sobre una materia que corresponde al Congreso de la Unión.
EN PERSPECTIVA
La extorsión es uno de los delitos más comunes en México, con más de 4. 9 millones de casos en 2023. La Ley General establecerá el marco para la definición del delito, sus sanciones y las reglas generales, asegurando mayor certeza jurídica y evitando que cada estado establezca reglas diferentes sobre los elementos que configuran el delito de extorsión.

Las autoridades estatales seguirán investigando y persiguiendo casos de extorsión, pero deberán actuar conforme al marco establecido por la Ley General. Los estados también mantienen la capacidad de organizar sus instituciones y determinar cómo administrativamente cumplen sus funciones, pero no pueden crear un régimen penal local distinto para la extorsión.
Etiquetas: SCJN, extorsión, Ley General, Congreso de la Unión, reforma constitucional, Nacional · Nota roja / Seguridad
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